martes, 12 de marzo de 2019

Recursos Naturales multa por $160,000 a AES


Martes, 12 de marzo de 2019  (CyberNews) - Al amparo de la Ley Número 416 del 2004 conocida como Ley sobre Política Pública Ambiental, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), emitió una multa el martes a Applied Energy Systems (AES) de Guayama, una multa de 160 mil dólares por no emitir información requerida sobre contaminación de aguas cercanas a la planta y su almacenaje de toneladas de cenizas, en los predios de la planta generatriz de energía a base de la quema de carbón.

Dicha Orden Administrativa (OA-18-TE-030) concedió un término de 10 días para que AES produjera la información, se incluyeran los datos crudos utilizados por el laboratorio que analizó las muestras tomadas, análisis estadísticos de los resultados analíticos en ocho muestreos, entre otros aspectos.

Para esos análisis y sus resultados, AES no produjo la información requerida.

Como consecuencia, la DRNA sometió una multa de 60 mil dólares por no presentar los planes de muestreo y resultados analíticos requeridos en las órdenes administrativas anteriormente mencionadas. Además, sometió una multa de 100 mil dólares por exceder los parámetros establecidos.

Por su parte, AES emitió declaraciones escritas que sostienen que: “La semana pasada, de conformidad con la Regla de Residuos de Combustión de Carbón (RCC) de la EPA y en cumplimiento con las leyes federales, AES-PR publicó en su página web su Reporte de Monitoreo de Aguas Subterráneas 2018 y públicamente anunció los resultados a través de una nota de prensa. De los 15 constituyentes de monitoreo de evaluación, los resultados muestran niveles por encima de los estándares de protección de aguas subterráneas en tres de ellos: selenio, litio y molibdeno. Todos los demás cumplen con los estándares de protección de agua subterránea. AES-PR se encuentra actualmente implementando el programa de monitoreo de evaluación.

Se ha reportado de manera incorrecta que AES-PR también tiene excedentes en boro y sulfatos bajo la Regla de RCC. Cabe aclarar, estos constituyentes son solo usados para compararlos con niveles de fondo para determinar si monitoreos adicionales, conocidos como monitoreos de evaluación, son requeridos.

A su vez, expertos líderes en temas ambientales de Haley & Aldrich, Inc., llevaron a cabo un estudio científico separado el cual concluyó que no existe impacto en el agua potable y no se encontraron evidencias de impacto en la salud humana o en el medio ambiente. AES-PR considera que cualquier tipo de reportaje respecto a este tema debe ser basado en hechos científicos y los estudios conducidos por expertos en el área relevante.

AES-PR siempre ha estado y se mantiene comprometido con el cumplimiento de todas las regulaciones ambientales aplicables. De conformidad con la Regla de RCC, AES-PR, en conjunto con expertos ambientales independientes, desarrollará un plan para implementar acciones correctivas para traer estos tres constituyentes a los niveles que cumplan con los estándares aplicables”.

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